
Agregó que desde la Fiscalía se realizan las investigaciones de lugar para determinar quiénes están violentando las medidas que mediante el procedimiento de suspensión condicional los jueces pueden otorgar a un condenado. “Es importante destacar que estas revocaciones no son apelables salvo que las reglas fijadas sean inconstitucionales, que resulten manifiestamente excesivas o el juez haya excedido sus facultades tal y como lo establece el artículo 41 del Código Procesal Penal”, dijo el fiscal. Indicó que hay casos emblemáticos en los cuales se produjo revocación de la pena como el de Antonio Peter de la Rosa (a) Omega, condenado a cinco años de prisión por violencia intrafamiliar. “No se presentó al Centro de Intervención Conductual para Hombres a recibir terapias, solamente firmó el libro de control en la secretaría del tribunal en una ocasión, no realizó trabajos comunitarios, entre otras medidas que ignoró”, detalló Velázquez. www.elcaribe.com.do
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