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Castigo del Gobierno a funcionarios no declaren bienes se queda corto; ley va más allá


La disposición de excluir de nómina a los funcionarios gubernamentales que al 30 de noviembre del año en curso no hayan presentado su declaración jurada de bienes es solo una sanción parcial de lo que dispone la Ley 311-14 para los servidores públicos que no cumplan con el requisito.
Periodistas de El Nuevo Diario consultaron la denominada Ley Sobre Declaración Jurada de Patrimonio y pudieron comprobar que además de la exclusión de la nómina que anunció ayer el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, hay al menos otras tres sanciones que no han sido contempladas para los funcionarios que se muestren renuentes a presentar su reporte. El artículo 13 de la referida normativa establece que además de salir de nómina, el funcionario que no declare sus bienes “quedará inmediatamente suspendido en sus funciones”, multado con una cantidad “igual al salario que perciba” y “cualquier acto realizado será nulo de pleno derecho”.

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